Un matrimonio corto despierta sospechas de fraude migratorio

Conoce cuánto tiempo debe pasar para patrocinar una pareja si ya hubo un matrimonio anterior

Montreal · Publicado el: 04/10/2014

Esta semana recibí un correo electrónico de una mujer que quiere patrocinar a su nuevo esposo. La pregunta que me hizo fue que si había algún problema en patrocinarlo dado que anteriormente había patrocinado a otra persona con la que también se había casado.

La primera pregunta que le hice fue cuánto tiempo hacía que el esposo anterior había llegado a Canadá con la residencia permanente, y me dijo que hacía poco más de dos años.

La respuesta a su caso fue que la ley no permite al ciudadano canadiense o residente permanente que patrocina un esposo o esposa, volver a patrocinar de inmediato a otra pareja si hay un divorcio o una separación de la relación anterior. Para que el ciudadano canadiense o residente permanente pueda patrocinar a otra pareja tienen que haber pasado por lo menos tres años después de que el esposo o la esposa patrocinada hayan llegado a Canadá.

En el caso de esta persona han pasado dos años y unos meses, por lo tanto la ley no le permite patrocinar a su nueva pareja.

Otro problema que podría enfrentar esta persona es que automáticamente, al hacer la solicitud de patrocinio para su nueva pareja, el Departamento de Inmigración va a dudar de la buena fe del matrimonio anterior. Esto puede llevar a que el Oficial  de Inmigración que reciba el caso  comience una investigación para asegurarse si la relación anterior fue o no verdadera, y de llegar al fallo de que dicha relación no fue verdadera sino que fue establecida solamente para que la persona obtuviera la residencia permanente, la investigación podría terminar en un reporte alegando que la persona cometió fraude migratorio y mandando al ex esposo a una audiencia en la cual le podrían quitar la residencia permanente.

Un elemento que se debe tomar en cuenta es que el residente permanente llega al país con una visa condicional, y la condición es que tienen que vivir junto con su patrocinador durante dos años, y si eso no sucede entonces le quitan la residencia permanente.

Sin embargo, si la pareja vivió junta durante dos años antes de que el solicitante obtuviera la residencia permanente, o si hay hijos de por medio, la persona patrocinada llega al país directamente con la residencia permanente sin ninguna condición. También, si se presentara una situación en la cual hay abuso, ese periodo de dos años no es obligatorio.

Recientemente tuve el caso de una persona que se casó y, al llegar al país, se convirtió en una persona abusiva contra la esposa que lo había patrocinado queriendo controlarle absolutamente todos los aspectos de su vida. No le permitía que saliera, había abuso físico, y había muchas amenazas  contra la seguridad física de la esposa.                    

Salía los fines de semana y volvía muy tarde en la noche, algunas veces borracho o drogado, y cada vez que la esposa trataba de decirle algo al respecto comenzaban las peleas y terminaba golpeándola. La señora tenía mucho temor por las amenazas constantes de que si hacia algo para cambiar su situación de abuso, él la iba a castigar.

En un caso como éste, asumiendo que la persona ya pasó esos dos años y por lo tanto ya tiene la residencia permanente pero aún no ha llegado a los tres años en los cuales el patrocinador no puede patrocinar a alguien más, dado que ha habido abuso físico y emocional por parte del patrocinado, si la relación se termina y la esposa llegara a conocer a otra persona y quisiera patrocinarla como su pareja ésta puede hacer un pedido bajo la sección 25 del Acta de Inmigración de que a pesar de que no han pasado los tres años le permitan patrocinar a su nueva pareja.

Esto es posible dado que con la pareja anterior ha habido todos esos problemas de abuso, los cuales obviamente habrá que enumerar y tener documentación que corrobore de que en realidad han existido. El tipo de documentación puede ser reportes médicos, reportes psicológicos, fotografías si ha habido abuso físico, testigos del abuso, etc.

Porque a pesar de que la ley está hecha y se ha cambiado varias veces para asegurarse de que las personas que quieran venir a Canadá  no usen a los ciudadanos canadienses y residentes permanentes solamente para obtener su residencia y después los abandonen, hay situaciones en las cuales hay abuso por parte del ciudadano o residente permanente y el gobierno no pretende que la persona que está siendo abusada continúe en esta relación.

En ese tipo de situaciones se le aconseja siempre a la pareja que está siendo abusada, sea hombre o  mujer, que reporte los abusos a la policía o a los médicos, y que si el abuso es demasiado y está en peligro su seguridad, abandone la casa de su pareja y se vaya a alguno de los refugios para personas abusadas que existen en la ciudad.

El Departamento de Inmigración no espera que para poder mantener la residencia permanente o para poder patrocinar a otra persona, ya sea el solicitante o el patrocinador, estén atados a una situación de abuso y de peligro y tengan que soportar este tipo de abusos. Hay excepciones a las reglas.

Finalmente, quiero mencionar que hay muchas situaciones donde el matrimonio fue inicialmente genuino pero la convivencia se hizo insoportable y por lo tanto la pareja se separó, pero no hubo abusos y no hubo amenazas de ningún tipo. En estos casos hay que tener siempre en cuenta que si el patrocinador quiere patrocinar a otra persona tiene que esperar tres años.

Pero también se debe tener cuidado con esos tres años, pues desde el momento en que el Departamento de Inmigración se dé cuenta de que una matrimonio duró muy poco, automáticamente va a haber una sospecha de que lo que existió fue una relación de conveniencia para poder obtener la residencia permanente, y por lo tanto pueden empezar una investigación que resulte en que la persona que vino patrocinada con la residencia permanente pierda su estatus en el país.


Inmigrando a Canadá

Vilma Filici

Vilma Filici, es una renombrada especialista con más de 30 años de experiencia en el rubro de Inmigración. A través de este blog, la asesora ofrecerá noticias y artículos de interés sobre este importante tema para nuestra comunidad. Puedes contactarte al correo filici@filici.com

Entra a su perfil y recibe asesoría aquí.

COMENTARIOS

ÚLTIMAS NOTICIAS

X
¿Qué estás buscando?