Esta semana me visitó un cliente que tiene un amigo que llegó recientemente a Estados Unidos y pidió refugio. Me preguntó cuáles eran las posibilidades de que su amigo pudiera pedir refugio en la frontera canadiense.
Le expliqué que dados los cambios que hizo el año pasado el gobierno canadiense al concepto de elegibilidad bajo la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados, y el cual únicamente aplica a los países con los que Canadá tiene un acuerdo de este tipo, que nada más es Estados Unidos, cuando una persona pide refugio en ese país y luego quiere pedir refugio en Canadá ya no es elegible. Y no lo es porque ya solicitó el refugio en el que sería un primer país seguro al que llegó.
No obstante, hay que considerar los procedimientos, los cuales igual pueden ser de beneficio para las personas que vienen huyendo de sus países de origen y que buscan protección en Canadá.
Para que alguien pueda pedir refugio en Canadá, si ya lo pidió previamente en Estados Unidos, tiene que caer dentro de una de las excepciones del Acuerdo del Tercer País Seguro que entró en vigor en el año 2004 entre Canadá y Estados Unidos. Y este acuerdo básicamente establece que una persona no puede solicitar refugio en Canadá si está en Estados Unidos, a menos que tenga un pariente en Canadá, que venga de un país que no requiere visa para venir a Canadá, o que sea un menor de edad, es decir menor de 18 años.
Pero a pesar de que no podrá pedir refugio, si esa persona cumple con alguna de las excepciones del Tratado del Tercer País Seguro, y solicitó refugio en Estados Unidos se le da la oportunidad de hacer un pedido a través de una revisión de su caso, en el cual se va a determinar si corre riesgo si es regresado a su país de origen. Esta revisión es lo que en inglés se llama Pre Removal Risk Assessment, que es mejor conocido como PRRA.
Esto significa que a la persona se le va a dar un formulario que deberá completar en 15 días y deberá enviarlo a la oficina que lo va a evaluar, y después tendrá otros 15 días en los cuales deberá enviar sus argumentos en término de los problemas que tendría si es regresado a su país de origen o al país en el cual teme persecución.
La persona debe demostrar que su seguridad física correría riesgo o que podría ser víctima de tortura. También podría demostrar que cumple con los requisitos que debe cumplir un refugiado por convención, que es que la persona está siendo perseguida en el país de origen por su nacionalidad, por su raza, por pertenecer a un grupo social en particular, por su opinión política o por su religión.
Se tiene que enviar la historia de los problemas que la persona ha tenido y con esta también se tiene que enviar toda la documentación que va a corroborar que lo que está diciendo en realidad le podría suceder si es regresado al país de origen.
Aparte de la documentación y de la historia, también se tiene que demostrar que la persona no va a tener protección en su país de origen porque su gobierno es tal vez quien lo está persiguiendo, o porque el gobierno o las autoridades de su país no lo pueden proteger dado que los grupos que lo persiguen son muy poderosos.
De igual forma se tiene que demostrar que no hay ningún lugar o zona del país en que se regrese a la persona donde pueda estar a salvo o tener una vida razonablemente normal; trabajo estudio, beneficios de salud etc. Si no se está argumentando que la persona cumple con los requisitos para ser considerado como refugiado por convención, pero sí se está diciendo que es una persona que corre riesgo de ser maltratado si regresa a su país de origen, también se debe demostrar que el riesgo que está corriendo no es generalizado. Es decir, que no es que le pueden robar o que lo pueden extorsionar porque se estén dando muchos casos de delincuencia en el país, sino que debe demostrar que él o ella fue individualizada, que directamente fue elegida blanco u objetivo para la persecución.