Cuando un caso de inmigración a Canadá se torna complicado o desde la evaluación misma del caso hay razones para pensar que pueda complicarse, la intensión, la razón y la buena fe son los argumentos que se pueden manejar para ganar el caso. Los documentos de soporte dependen completamente de estos tres factores.
Cualquiera que sea la solicitud que se está haciendo o la razón por la cual el Ministerio de Inmigración y ciudadanía solicita evidencia adicional o descargos, lo primero que hay que demostrar es que el solicitante no está, o estaba - cuando se trata de “pelear” revocatorias de estatus- deliberadamente mintiendo.
Es común encontrarnos con casos de personas que han llegado a Canadá con permisos de trabajo, que obtuvieron sus residencias permanentes y que cuando quieren patrocinar a sus hijos o a su pareja se encuentran con que ellos son declarados inadmisibles porque no fueron reportados en las formas de solicitud del permiso de trabajo y las de residencia.
La respuesta que más oímos por parte de los afectados por este tipo de inadmisibilidad de sus familiares es que en vista de que sus familias no venían a Canadá, ellos no consideraron que necesitaran declararlos. En algunos otros casos el nivel de inglés fue una limitante y el solicitante no entendió las preguntas de las formas y en otros simplemente el solicitante no fue quien llenó las formas de aplicación. Pero tal vez la más común en cuanto a declaración de parejas de hecho se trata es que a pesar de haber vivido juntos ellos nunca firmaron ningún documento que reconociera la relación como tal.
En nuestro continente, para no ir muy lejos, la ley de reconocimiento de parejas de hecho varía tanto como nuestros gustos en comida. En Canadá se reconoce el concubinato (common-law) después de un (1) año de convivencia bajo el mismo techo, en Colombia el reconocimiento se da después de 2 años de convivencia, en el caso de Uruguay se reconoce después de 5 años, en el de Venezuela debe registrarse y en Argentina los requisitos para reconocerla depende de la comunidad autónoma en la que viva la pareja.
En el caso específico de rechazos de patrocinio por no declaración de parejas entrar a explicar la razón por la cual no se declaró para revertir una negativa de la solicitud de patrocinio puede ser tan claro como simplemente demostrar que de acuerdo con la ley de país de origen no se cumplía con los requisitos para reconocer la relación de hecho o que hubo un periodo de ruptura en la pareja y que entre el momento de solicitud de residencia permanente y aprobación de quien ya tiene status en Canadá la figura de pareja ya no existía.
Pero igualmente puede ser tan complicado como explicar la buena fe de no haberlo hecho cuando la pareja lleva años en una relación, existen hijos y documentación para probar la relación. Allí los argumentos de razón entran a jugar un papel importante:
- ¿Cuál es el nivel educativo de quien ya tiene el estatus en Canadá?,
- ¿Era de esperarse que entendiera las implicaciones de no reportar sus dependientes?,
- ¿Salió de su país huyendo y para salvar su vida era necesario esconder la existencia de quienes dejaba atrás?
- ¿Existían razones para pensar que la familia había muerto?
En el caso de los hijos no declarados, los casos más sencillos son cuando son hijos de los cuales no se tenía conocimiento de su existencia, previa a la obtención de la residencia permanente en Canadá. Pero cuando se conocía de la existencia de ellos, la buena fe y la razón detrás de no haberlos declarado tienen que quedar muy bien justificadas y documentadas para poder ganar el caso. El haber discutido con el otro padre el otorgar la autorización para que los niños se hicieran exámenes médicos o darles la autorización para obtener la residencia permanente y no haberlo conseguido no necesariamente es justificación suficiente, es definitivamente un argumento, si puede probarse, pero no necesariamente garantiza la aprobación del caso.
En definitiva. Cuando se trata de “pelear” casos negados por no declarar dependientes, lo que a los ojos de inmigración constituye fraude (misrepresentation), o “pelear” revocatorias de residencia, el poder presentar argumentos de humanidad y compasión es indiscutiblemente la forma que ofrece las mejores posibilidades de éxito. Pero por mucho peso que se le dé al establecimiento en el país y a las consecuencias que tenga sobre los niños la revocatoria o la negativa de un proceso; hay ciertos obstáculos que un proceso de Humanidad y compasión no puede salvar. En este tipo de situaciones, cuando desde el comienzo se sabe que los casos van a ser complicados porque existen inadmisibilidades médicas o criminales o porque el proceso no cumple con el “check list” de inmigración lo mejor es evitar un rechazo; y la forma de hacerlo es argumentando desde el principio razón, intensión y buena fe. Un representante de inmigración experimentado sabrá determinar cuáles son los documentos de soporte que se requieren para probar el cumplimiento de los requisitos basado en estos tres principios y estará en capacidad de presentar un argumento legal apropiado.
ICCRC R 416911
(416) 482-1575
*Claudia Palacio es Consultora de Inmigración Certificada y colaboradora de este semanario. Pueden dirigir sus preguntas a claudiap@filici.com