Imagen: Joe Mabel
El viernes de la semana pasada, el Consejo de Protección a los Refugiados anunció que ya no va a trabajar con los tiempos establecidos por el gobierno anterior para el procesamiento de los casos de refugio. Ahora, los casos van a ser procesados por orden de llegada, es decir, los que llegaron primero van a tener sus audiencias primero y los que llegaron después la van a tener después.
Hay que recordar que el gobierno conservador, en diciembre del 2012, cambió los tiempos de procesamiento de los solicitantes de refugio estableciendo tiempos específicos para que estos tuvieran sus audiencias. Así, la mayoría debían tener su audiencia para determinar si eran refugiados a no a los 60 días de haber sido encontrados elegibles, y las personas que venían de los países que aparecen en la lista de países designados (para nuestra comunidad son solamente Chile y México) tendrían sus audiencias a los 30 días.
El problema es que en este momento en el Consejo de Refugiados hay alrededor de 40 mil casos atrasados, a los que hay que agregar los conocidos como “Casos de Legado”, que son quienes llegaron a Canadá a solicitar refugio antes del 15 de diciembre del 2012 y que fueron dejados en espera para poder implementar las nuevas medidas. En este momento tenemos entonces atraso con los Casos de Legado y con los que han estado llegando a través del 2016 y 2017, lo cual prácticamente ha bloqueado los procesamientos en el Consejo de Refugiados.
El año pasado tuvimos el número más alto de refugiados de los últimos 20 años, sin contar a los refugiados sirios que llegaron bajo otro programa. Se estima que en el 2017 llegaron 49,775 solicitantes de refugio, de los cuales únicamente un 40 por ciento están siendo procesados a tiempo.
Y para el 2018 se espera que haya un número aún más alto de personas que pidan refugio en Canadá, por lo que cada vez se va a agrandar más el inventario de casos atrasados, a menos que el gobierno otorgue más dinero al Consejo de Refugiados para que incremente sus recursos humanos a fin de poder procesarlos, o que establezca algún otro tipo de programa que permita procesar a estas personas.
Adicionalmente, las cosas pueden empeorar con los últimos acontecimientos que se han dado en los Estados Unidos en relación con las personas que viven bajo el TPS (Estatus de Protección Temporal), particularmente con la comunidad salvadoreña.
Hay que recordar que el gobierno de los Estados Unidos les ha dado hasta septiembre del 2019 para que abandonen Estados Unidos o encuentren otras vías para obtener su residencia permanente, algo que es prácticamente imposible porque de lo contario ya lo hubieran hecho. Se espera entonces que un porcentaje alto de personas que se encuentran en esta situación hagan lo mismo que ya han hecho los haitianos el año pasado y que vengan a Canadá a pedir refugio.
Esto ha sido motivo de preocupación para la comunidad salvadoreña en Canadá, y la Asociación Salvadoreño Canadiense (ASALCA) convocó a una reunión el pasado fin de semana para formar una coalición de organizaciones y personas de la comunidad latinoamericana a fin de trabajar una propuesta para presentar al Ministro de Inmigración, dando sugerencias de cómo se puede ayudar a procesar estos casos sin que sean una carga para el gobierno canadiense.
También hablaron de cómo organizar a la comunidad latinoamericana para ofrecer vivienda y ayuda para que puedan establecerse aquí mientras se establecen y desarrollan por sí mismos.
Es importante destacar que en el 2004 los gobiernos de Canadá y los Estados Unidos firmaron el Tratado del Tercer País Seguro, que básicamente establece que si una persona se encuentra en los Estados Unidos no puede ingresar por tierra a Canadá para pedir refugio.
En este tratado hay excepciones, por ejemplo, para las personas que tengan familia en Canadá, para niños menores de 18 años, para cualquier persona que esté entrado por un aeropuerto o vía marítima, y para personas cuyas vidas están en peligro de muerte en su país de origen. Otra excepción es si la persona entra a Canadá por un lugar donde no hay una frontera oficial.
También es de destacar que hay un principio internacional que no permite que una persona sea regresada a su país de origen hasta que no haya una decisión del país que es signatario del Convenio de Ginebra sobre si el individuo es refugiado o no. Y existe otro principio internacional que establece que una persona que cruza una frontera de forma ilegal para pedir refugio no puede ser penalizada.
Esto es precisamente lo que está pasando en estos momentos en las provincias de Manitoba y Quebec, donde las personas que no cumplen con las principales excepciones están cruzando por lugares donde no hay una frontera oficial y están pidiendo refugio una vez están en suelo canadiense.
Se sabe que de estas personas que han pedido refugio se ha aceptado a alrededor del 25-30 por ciento, pero hasta el momento sólo se ha procesado un número muy pequeño de solicitantes, y se espera que la gran mayoría de los casos sean rechazados dado el tiempo que han estado en los Estados Unidos, porque les será difícil probar que cumplen con los requisitos de la definición de lo que es un refugiado por convenio o de la definición de lo que es una persona que necesita protección.
El Consejo de Refugiados es el que decide si una persona es refugiada o no, y lamentablemente estas decisiones no van a ser inmediatas dado el atraso que hay actualmente. Y en la medida que lleguen más solicitantes va a haber más atrasos en el procesamiento y en llegar a la decisión final, por lo que los solicitantes de refugio podrían estar 2,3 o cuatro años en Canadá esperando que haya una decisión sobre su caso.
Todo el proceso inicia cuando la persona llega al puerto de entrada en Canadá, ahí, un oficial del Departamento de Inmigración o de la Agencia de Servicios de Frontera decide si es elegible para pedir refugio y si es admisible, y la admisibilidad depende de que no tenga récord criminal serio, que no esté acusada de terrorismo, de crímenes contra la humanidad o de crimen organizado. Los solicitantes son chequeados inmediatamente llegan a la frontera: se les toman las huellas digitales, les sacan fotografías y la información va a los servicios de inteligencia, quienes hacen el chequeo para determinar si es admisible o no. Y si no lo es, se inicia el proceso para sacarlos del país.
Pero si es admisible lo dejan entrar, y durante todo el periodo en que el solicitante está esperando, puede solicitar permiso de trabajo, beneficios de salud y puede estudiar.
En estos días he recibido muchas llamadas preguntándome si al no calificar como refugiado una persona puede solicitar la residencia por razones humanitarias, y la respuesta es que depende. Porque en el 2012 también se aprobó una ley que establece que una persona que es rechazada en su caso de refugio no puede solicitar razones humanitarias sino hasta 12 meses después de que su caso fue rechazado, y en el caso de México o Chile hasta 36 meses después, dado que son países designados.
La idea a la base de esto es que los solicitantes van a ser deportados de Canadá antes de que tengan derecho a que sus casos sean revisados bajo Razones de Humanidad y de Compasión o por la Evaluación de Riesgo Previo a la Remoción (Pre-Removal Risk Assessment, PRRA).
Hay dos excepciones para las peticiones por razones humanitarias: si hay niños que van a ser afectados por una decisión de deportación, o si algún miembro de la familia tiene una enfermedad para la cual no hay tratamiento en su país de origen. En estos casos no cuentan los plazos de 12 y 36 meses.